Jaume Blanca, de Cotlliure, factor y procurador de la sociedad formada por los hermanos Joan y Pere Gil, mercaderes de Perpiñán, reconoce que debe a Jaume Torrent y Ponç Badós, mercaderes de Narbona, ciertas cantidades de dinero en moneda francesa y catalana, en concreto 130 reales de oro de Francia y 50 anyells de oro, 6 sueldos y 4 dineros de Barcelona. Esta deuda es por razón de un préstamo que había recibido en la ciudad de Barcelona. Y se pacta que se deberá pagar en Perpiñán a los diez días de la presentación a sus representados del instrumento notarial o de la letra de cambio, a la vez que se acompaña de las obligaciones y las renuncias correspondientes.
Ramon Reig, escribiente natural de la ciudad de Barcelona, promete a Pere Veguer, ciudadano de Sassari, en el noroeste de la isla de Cerdeña, y administrador real del Cabo de Logudor (“Capitis regni Lugudorii”), estar con él durante un año como escribiente y, al mismo tiempo, servirlo en todos sus mandatos lícitos y honestos. Como es usual en los contratos de trabajo, promete que le será fiel y obediente, y que no le dejará, por lo que, si lo hace, lo pueda capturar y devolver a su autoridad. Igualmente, se compromete a recuperar los días en los que esté ausente por fuga, enfermedad o cualquier otra causa. Y eso lo promete observar bajo una pena de 12 libras y con la obligación de sus bienes. Para afianzarlo, le presta homenaje según los Usatges de Barcelona, las Costumbres de Cataluña y los Fueros de Aragón y, aún, lo jura. A su vez, Pere Veguer se compromete a alimentarlo y mantenerlo durante el año del contrato y, al mismo tiempo, a darle un salario de 10 libras. Pocos meses antes, el 23 de diciembre de 1367, Pere Veguer había presentado un requerimiento ante el mismo notario Pere Martí, que tenía la escribanía en la plaza de los Cambios de Mar, contra el escribiente sardo Guillem de Vilardebò por un pretendido incumplimiento del contrato firmado entre ellos el 23 de julio anterior.
Robert Jove, oriundo de la ciudad de Clermont de Auvernia o Clermont-Ferrand, del reino de Francia, y Joana de Font, de la ciudad de Toulouse, de dicho reino, esposa del mencionado Robert, acogiéndose a su derecho consuetudinario, se hermanan y contraen hermanamiento entre ellos. De esta manera, todos los bienes que cada uno de ellos tiene y en un futuro tendrá serán comunes, y uno y otro podrán disfrutar de ellos para vivir. Y, si uno de los dos muere sin hijos procreados entre ambos, los bienes pasarán al superviviente, reservada la mitad para testar libremente.
Los mercaderes Girau y Jaume Calví, hermanos, de Aviñón, Esteve de Ges, de Valencia, Lotger Escuder, de Aviñón, y Bontison Alecsí, de la ciudad de Romans (Romans-sur-Isère), en el Delfinado, todos ellos mercaderes residentes entonces en la ciudad de Valencia, constituyen una sociedad por un plazo de tres años para importar tejidos desde Aviñón a Barcelona y Valencia. El capital de la sociedad es de 2.150 libras, con aportaciones diferentes de cada uno de los socios. Lotger Escuder, que residirá en Valencia, será el encargado de gestionar la sociedad y, por este concepto, percibirá el cuarto dinero -es decir, la cuarta parte- del beneficio obtenido, mientras que el resto de la ganancia se dividirá entre todos los socios en proporción a sus aportaciones dinerarias. El radio de acción de la sociedad abarcará un territorio que se extenderá desde Valencia hasta Aigües-mortes, Marsella y Aviñón, y también hasta Arlés, Barcelona y Mallorca.
Bartomeu de Moles, párroco de la iglesia de San Miguel de Barcelona, presenta un requerimiento a Francesc Parer, mercader de esta ciudad, en relación a un esclavo que éste le había vendido. En mayo del año anterior, Francesc Parer había vendido a Bartomeu de Moles un esclavo llamado Martí, por el precio de 40 libras y afirmando que era tártaro (“de linatge de Tartras”). Y ahora, dicho esclavo, con el ánimo de conseguir la libertad, se había sometido a la jurisdicción episcopal, alegando que no era tártaro, sino griego y cristiano de naturaleza, nacido en la ciudad de Petraix, y pidiendo la libertad. Por ello, el rector Bartomeu Moles requiere el mercader Francesc Parer que se oponga al pleito planteado por el esclavo o bien le devuelva el dinero del precio pagado por él.
Francesco Beccari, maestro de cartas de navegar, natural de Génova y residente en Barcelona, ratifica el documento en el que se había comprometido a confeccionar cuatro mapamundis de gran formato y riqueza decorativa con Simone d’Andrea, mercader de Prato y también residente en la capital catalana. Este actuaba por delegación de su socio, el rico mercader florentino Baldassare degli Ubriachi. El maestro promete hacer estos cuatro mapamundis en la forma, lugar y tiempo establecido; confiesa haber recibido la cantidad de 192 florines de oro de aquellos 320 que habían pactado como precio, y se compromete a no trabajar en otros encargos hasta que no los tenga acabados. A su vez, Simone d’Andrea da su conformidad y promete entregarle un mapamundi como modelo y, al mismo tiempo, pagarle el resto de los 320 florines totales del precio.
Jos Humpis, mercader alemán de Ravensburg -Ravesporch en la documentación-, situado en el sur del país, en el antiguo territorio de Tübingen y cercano al lago Constanza, tanto en nombre propio como de Rudolf Mötteli y Lütfried Muntprat, socios suyos en el arte de la mercadería, constituye procurador Juan Mesnang, igualmente mercader del lugar de Fixer, en Alemania. Jos Humpis, hijo de Henggi Humpis, de Ravensburg, Rudolf Mötteli, de Bucchom, y Lütfried Muntprat, de Constanza, en la orilla sur del lago homónimo, se convirtieron en los primeros y principales representantes de la Gran Compañía de Ravensburg, establecida durante aquellos años en Barcelona y especializada sobre todo en el comercio de tejidos, fustaes, coral y azafrán.
Bartomeu Tort, mercader, ciudadano de Girona, recibe en comanda de Blanca, esposa del honorable Lluís de Gualbes, ciudadano de Barcelona, la cantidad de 53 libras, 5 sueldos y 2 dineros moneda barcelonesa, implicadas en seis paños de lana de Girona para llevar a Rodas con la galera del venerable Lluís Sirvent, pagadas las generalidades (entradas y salidas) y otros impuestos como el flete. El mercader promete invertir allí el importe de su venta en trigo o candeal, en su defecto en una esclava de entre 12 a 25 años de aquella nación o, en defecto de estas dos inversiones, en jengibre baladí. La cuarta parte del beneficio obtenido será para el mercader y las tres partes restantes para Blanca, la que recibirá, además, el capital inicial y asumirá el riesgo.
Pau de Paulo Rossellay, mercader de Nápoles perteneciente a la rica familia florentina de los Rucellai, firma recibo a favor de Bernat Sapila, ciudadano de Barcelona y embajador de esta ciudad junto con Joan de Marimon ante el rey Alfonso el Magnánimo, de 94 ducados de oro, equivalentes a 64 libras, 17 sueldos y 2 dineros barceloneses. Esta suma la había recibido Pau Alemany, canónigo de Vic, en la ciudad de Asís, de los mercaderes Antonio de Pazzi y Company de Corte para la expedición de la bula del Estudio General concedida entonces por el Papa Nicolás V a la ciudad de Barcelona. En efecto, el 3 de octubre anterior Pau Alemany había firmado letra de cambio de los mencionados 94 ducados a favor de estos dos mercaderes, pagadores al otorgante en Nápoles por los embajadores de la ciudad de Barcelona.
Antoni Pere Ferrer, abad de Santa María de Montserrat, diócesis de Vic, elige y crea el notario Domènec Arahull como notario de su abadiato y de todos sus lugares, tierras y propiedades, de modo que pueda recibir y autorizar cualquier tipo de actas, testamentos y escrituras, tanto judiciales como extrajudiciales. Se le determina el mismo salario que sus predecesores en el cargo de notario de la abadía. Domènec Arahull promete ejercer el oficio bien y legalmente, y así lo jura.
Los mercaderes barceloneses Bernat Sacristà, Pere Vila y Ferrer Bertran aseguran en varias fechas -del 7 al 11 de mayo-, por la cantidad de 300 libras -100 cada uno- y con primas del 6%, dos balas de paños y una saca de lana inglesa. Estas mercancías han sido consignadas al comerciante pisano Francesco Pipinelli, en Barcelona, y cargadas en Southampton por los mercaderes genoveses residentes en Londres Luigi y Galeotto Centurione, a bordo de la nave del barcelonés Pere Satorra, en el viaje de Southampton a Barcelona.
Enrique de Sajonia, impresor (“magister librorum d’estampa”), natural de la ciudad de Einbeck, diócesis de Maguncia, en los dominios del serenísimo emperador de Alemania, nombra procurador general suyo a fray Erasmo de Vallespeciosa, conventual del monasterio de eremitas de San Agustín de Barcelona. Lo faculta para regir y administrar todos y cada uno de sus bienes, negocios, derechos o causas, con potestad para pedir, exigir y cobrar, en su nombre, todos sus créditos, presentes y futuros, en cualquier lugar del mundo, tanto por parte de universidades, corporaciones o colegios como de personas singulares, por razón de préstamos, créditos, depósitos, comandas, cambios o por otras razones, derechos o títulos.
Catalina, negra, liberta, que fue esclava de Alonso Verdessoto de Valladolid, del reino de Castilla, promete a María de Luzón, esposa del noble Juan de Luján, instructor de doña Isabel, princesa de Portugal e hija de los Reyes Católicos, que los servirá a ella y a su marido durante cuatro años de manera lícita y honesta. Como es usual en este tipo de contratos de trabajo, promete durante este tiempo vivir con ellos, serles fiel y obediente, seguirlos a cualquier parte del mundo y no dejarlos, de modo que, si lo hace, la puedan capturar y devolverla bajo su autoridad. A cambio, Catalina recibirá educación según las buenas costumbres, la manutención, vestidos de lana y lino y un salario de 20 libras, a razón de 5 libras por año. A continuación, Catalina firma recibo de 14 libras, a cuenta del salario total que debe recibir, y que son entregadas a Bartomeu Mas, marinero, de la villa de Mataró.
Los aseguradores, por un lado, y los arrendatarios de las rentas del arzobispado de Sassari, en la isla de Cerdeña, por el otro, aseguran la vida del reverendo Berenguer de Sos, arzobispo de Sassari, hasta el día de san Juan -fecha usual de pago de las rentas señoriales- del próximo año entrante de 1500, con la especificación de “morint dit archabisbe per malaltia naturalment o per mort casual dins lo dit temps”. Este seguro se hace como garantía de un anticipo o adelanto de las rentas del arzobispado que los arrendatarios habían hecho al arzobispo, consistente en 50 ducados de oro. Si el arzobispo muriera antes de esa fecha -lo que no ocurrió porque murió en 1502-, los aseguradores deberían pagar a los arrendatarios la cantidad que les correspondiera de dicho arrendamiento.
Los obreros de la iglesia de Santa Maria del Pi de Barcelona contratan al pintor portugués maestro Pedro Nunyes para terminar la pintura y el dorado del retablo mayor de la mencionada iglesia. Como es usual en estos contratos de obras, las partes se avienen en una serie de capítulos sobre la pieza a realizar, en este caso las tablas a pintar y dorar por parte del artista, las imágenes a representar, los colores y los materiales a emplear, los plazos y, finalmente, los honorarios a percibir, que se fijan en 450 libras.
Joan Pau Martí, librero de Barcelona, da por rescindido el acuerdo que había establecido con Nicolau Chellini, comerciante de libros, residente en Roma. Los dos libreros habían pactado el intercambio de unos libros impresos y, mientras Joan Pau Martí había cumplido el acuerdo y los había enviado a Roma, Nicolau Chellini no había remitido a Barcelona las obras pactadas. Por ello, a continuación, cede, asigna y consigna el doctor Benet Vadella, presbítero, residente también en Roma, los libros que él había enviado a Chellini. Estos consistían, por un lado, en 116 libros -la mayoría de jurisprudencia- de juristas de la época bastante conocidos, tales como Miquel de Calderó, Bonaventura de Tristany, Miquel de Cortiada o Antoni de Vilaplana. Y, por otro, en 6 libros más, de Bonaventura de Tristany. Joan Pau Martí valora cada uno de estos libros en dos escudos y medio moneda romana, que Nicolau Chellini deberá pagar a Benet Vadella en caso de falta o deficiencia de alguno de ellos.
Josep Aparici, mercader de Barcelona, reconoce que los albaceas del también mercader barcelonés Sebastià de Cormellas y de su hijo Josep Cormellas, doctor en ambos derechos, le han pagado 666 libras, 12 sueldos y 10 dineros, correspondientes a 1.606 libras moneda tornesa, mediante un documento de cambio firmado el 22 de abril anterior. En este caso, Josep Aparici actúa en calidad de procurador de Jaume Anisson y Joan Posuel, unos de los principales y más reconocidos libreros de Lyon, e igualmente en nombre de sus socios, Joan Anisson y Claudi Rigaud. Esta suma era parte de la cantidad total debida a sus principales o representados, los libreros Anisson y Posuel, por el magnífico José Cormellas, como precio de varios libros que éste les había comprado y ellos le habían enviado desde Lyon el 8 de abril de 1699. El documento relaciona los pagos que se habían ido haciendo en diferentes fechas, alguno de ellos en París y otros en Perpiñán.
Pedro Antonio Pla Navarro escribe a su amigo Josep Tomàs, ambos seudónimos, una carta en la que expone su preocupación por la situación política de la Europa del momento en los años posteriores a la Guerra de Sucesión. Los estudios realizados concluyen que el nombre del emisor correspondería a Jacint Oliver de Boteller, austriacista miembro de la última Junta de Gobierno de Barcelona, uno de los encargados de negociar la capitulación de la ciudad y exiliado en Viena. Y el del receptor al notario barcelonés Antoni Navarro. Después de interesarse por los compañeros de bando que se habían quedado en Barcelona, el autor de la carta se extiende con la política matrimonial de las casas reinantes, un elemento clave en el equilibrio de poderes de las potencias europeas: la boda de la segunda hija del emperador José I con el heredero de Baviera, dado que la hija mayor estaba prometida con el elector de Sajonia, hijo del rey de Polonia. También habla de la posible alianza con el zar de Moscovia, “que son poder causa terror”, para lo cual era necesaria igualmente la alianza con Suecia.
Protocolización del testamento cerrado de Jorge Próspero de Verboom, marqués de Verboom, capitán general de los ejércitos de Felipe V, ingeniero general de los mismos, gobernador de la Ciudadela de Barcelona y natural de la villa y corte de Bruselas, ducado de Brabante, en los Países Bajos, redactado el 7 de enero de 1740. Nombra albaceas: sus hijos Juan Bautista, coronel e ingeniero en jefe, Guillermo Javier, presbítero y canónigo de la sede de Zaragoza, y Carolina, marquesa de Roben; el marido de ésta, Francisco, marqués de Roben, coronel de los ejércitos y capitán del regimiento de las guardias valonas; Gaspar d’Antona, teniente general y gobernador militar y político de Barcelona; y, si muere en la Ciudadela, como de hecho ocurrió, también su sargento mayor. Elige sepultura en el convento de Santa Catalina, donde reposa su esposa y su cuñado. Pero, en el caso de morir a más de una jornada de distancia de la Ciudadela, manda ser enterrado en la iglesia parroquial del lugar donde muriera, salvo su corazón, que será puesto en una caja de plomo y llevado igualmente a Santa Catalina. De hecho, parece que fue enterrado en la misma capilla de la Ciudadela. Instituye heredero universal a su hijo Juan Baltasar, con un amplio reguero de sustituciones, por otro lado usuales, y, en último término, hace algunos legados a sus otros dos hijos.
María Agustina Zapata de Calatayud y Fernández de Híjar, marquesa de la Mina y duquesa de la Palata, entre muchos otros títulos del reino de Nápoles, ratifica el arrendamiento de las rentas del ducado de la Palata, Tavenna y Bosque de San Clemente, ubicados en los dominios de este reino, a favor de Andrea Massarante, abogado de Nápoles. María Agustina es esposa de Jaime Miguel de Guzmán Dávalos Spínola, marqués de la Mina y duque de la Palata, igualmente entre otros muchos títulos, al tiempo que capitán general del ejército y del principado de Cataluña y presidente de su Real Audiencia. La ratificación incluye la traducción del italiano al castellano del documento original de arrendamiento, hecho en Nápoles el 3 de enero de 1762, autorizado por el notario público Rafaele Petrone y que también se incorpora. Mediante este instrumento notarial, el marqués Tanucci, secretario de Estado y consejero real, por encargo de la duquesa de la Palata y debido a la defunción del anterior arrendatario, arrienda a Andrea Massarante, abogado de Nápoles, por un plazo de seis años, concretamente de 1761 a 1766, todas las rentas del ducado de la Palata, Tavenna y Bosque de San Clemente, por el precio de 347 doblones anuales, a pagar la mitad en san Juan y la otra mitad en Navidad.
Magí Negrevernís, comerciante matriculado, ciudadano de Barcelona, por un lado, y Guillem Timmermans, también comerciante y ciudadano de Barcelona, por el otro, establecen una compañía para un plazo de cinco años (1764-1769), bajo el nombre “Negrevernís y Timmermans”. Su finalidad básica será la de negociar con “fruits del present Principat, com també ab los de regnes estranys i mercaderies de ells, negociacions de vales, albarans i cambis per plasas estrangeras”. El primero, Magí Negrevernís, aporta un capital de 40.000 libras barcelonesas, la mayor parte en dinero efectivo y el resto en dos créditos, uno de ellos lo tiene en Amsterdam y el otro en Reus. Y nombra administrador al segundo, al que se le asigna un salario de 600 libras anuales y una sexta parte de los beneficios.Se especifica también, entre otras cuestiones, que, más allá de esta sexta parte asignada al administrador, los beneficios se repartirán entre los dos socios de acuerdo con el capital invertido en la compañía por cada uno de ellos.
Inventario de los bienes de Lluís Escolà, familiar del Santo Oficio de la Inquisición y comerciante de Barcelona, ordenado por su viuda, Francesca Soler, y su hijo y heredero, Tomàs Escolà. Los familiares del Santo Oficio eran personas vinculadas a esta institución, que tenían como funciones primordiales fomentar la delación en el marco de su circunscripción, recibir testificaciones y prender a los acusados, al tiempo que, como contrapartida, gozaban de ciertas exenciones fiscales y privilegios. El inventario comienza con una descripción muy precisa y rica de la casa donde vivía el fallecido, con el detalle usual de los muebles, las ropas, útiles y las joyas de oro y plata. Sigue con la relación de los inmuebles que poseía, como casas, masías, tiendas y tierras. Continúa con los censales y los intereses que el difunto tenía en diferentes embarcaciones. Y, por último, termina con el balance de los créditos y débitos del causante, que pone de manifiesto un notable movimiento de capitales derivado de sus amplias relaciones comerciales internacionales, ya que encontramos mencionados lugares muy diversos, como Quebec, Londres, París, Filadelfia, Nápoles, Marsella, Valencia, Cádiz, Génova o Madrid.
Guillermo Gregory, cónsul de su Majestad británica en Barcelona, presta caución (da garantía), y promete al ministro principal de la provincia de Marina de Barcelona que responderá de cualquier exceso o atentado que cometan Pere Oliver y sus once compañeros, naturales de Mahón, durante su navegación de regreso desde la capital catalana a la isla de Menorca. En la documentación adjunta se explicita que el comisario de Marina había consentido que Pedro Oliver y sus once compañeros compraran un barco sin cubierta en el puerto de Barcelona para hacer su viaje. Sin embargo, este consentimiento quedaba condicionado a la verificación de que no llevaran “armas ofencivas ni defencivas con que puedan insultar a las embarcaciones españolas de comercio”; como también que el cónsul inglés prestara obligación y fianza de responder de cualquier exceso o atentado que cometieran durante su navegación. Igualmente, se dice que el cónsul inglés había hecho las diligencias oportunas para devolver “los mahoneses que se hallan en Barcelona a su patria”.
Estamatti Máximo, súbdito otomano, comerciante residente en Barcelona, pide al notario que protocolice un documento escrito en griego. Se trata del diario de navegación del capitán Pandeleoni Mastroyan, que narra detenidamente las aventuras de su viaje desde Odesa, importante puerto ucraniano del Mar Negro, hasta Barcelona con el barco San Nicolás cargado de trigo. El viaje por mar comenzó el 8 de mayo de 1805 y el barco llegó al puerto de Barcelona el 25 de junio siguiente, donde de hecho no se le quiso dar entrada y se le obligó a guardar cuarentena.
Francisco Brocca Campi, comerciante barcelonés, hijo de Juan Brocca, natural de Milán, y de Antonia Campi, pacta capítulos con Rosa Sagnier Vidal, hija de Luis Sagnier, comerciante de ascendencia francesa, y de Rosa Vidal. La novia recibe como dote la ingente cantidad de 10.000 libras en dinero efectivo de oro y plata y, además, el día de su matrimonio, dos cajoneras con las ropas, vestidos y joyas propios de su estado. Y todo esto a cuenta de la quinta parte de la coherencia que le había legado su difunto padre. Como es usual en los capítulos, la novia acepta la dote y la constituye a su futuro marido, el cual la acepta y le firma carta dotal con el aumento de la tercera parte de las mencionadas 10.000 libras. Los capítulos siguen con las cláusulas acostumbradas de restitución de la dote y del aumento, de modo que, en el caso de muerte del marido o disolución del matrimonio, la dote revertirá a la novia o a quien ella designe, mientras que el aumento quedará para los hijos comunes o, en su defecto, volverá a los donantes.
Amalia Brambilla, académica de la Filarmónica de Roma y “primera bufa absoluta” del Teatro de la ciudad de Barcelona, esposa de Joan Baptista Verger, al servicio de la duquesa de Parma, académico de la Filarmónica de Bolonia y “primer tenor absoluto” del mismo teatro barcelonés, con su consentimiento, otorga poder especial a Luis Gofred Zucolls, miembro de varias academias filarmónicas y “primer bufo cómico” de la ciudad, el cual tiene que pasar pronto al reino de Italia. Con esta representación, el citado Zucolls podrá invertir el dinero que le entregará tanto en bienes inmuebles como en réditos de bancos nacionales y particulares o bien en depósitos u otro tipo de inversión que considere de utilidad.
Napoléon Lebon, natural de Francia, actuando como apoderado de su hermano Charles Lebon, ambos residentes en Barcelona, junto con tres de los hermanos Gil y Serra, otros socios industriales barceloneses y el polaco Carlos Karsniki, forman una sociedad anónima por acciones denominada “Sociedad catalana para el alumbrado de Gas en Barcelona “, la primera compañía de gas en España, conocida como Gas Lebon y precursora de la actual Gas Natural. Durante la ejecución de los trabajos objeto de la empresa, Charles Lebon, que había sido el principal impulsor y el adjudicatario de la contrata con el Ayuntamiento, será el director y administrador de la compañía y, después, se constituirá una Junta Directiva formada por siete miembros. El capital de la sociedad se determina en 6 millones de reales, dividido en 1.500 acciones de 4.000 reales cada una. Charles Lebon aparece como principal accionista con más del 80% de los títulos de la nueva compañía y Pedro Gil, el mayor de los tres hermanos y el segundo accionista con 100 títulos, es nombrado provisionalmente banquero de la sociedad.
Ángel Villalobos, vecino de Londres y residente en Barcelona, de una parte, y Ramon Maresc Ros y demás miembros de la Junta Ángel Villalobos, vecino de Londres y residente en Barcelona, de una parte, y Ramon Maresc Ros y demás miembros de la Junta Directiva de la “Gran Compañía Española del Camino de Hierro de la ciudad de Barcelona a la de Mataró, línea primera en España “, por el otro, reconocen la formación de una sociedad anónima. De hecho, Villalobos actúa en este documento como representante de Josep M. Roca Cabanas, comerciante, residente en Londres y verdadero promotor de la empresa. Esta nueva sociedad que ahora se forma, con el fin de construir la primera línea de ferrocarril de la península, es el resultado de la cesión hecha por Josep M. Roca en la “Gran Compañía Española del Camino de Hierro” de sus concesiones iniciales y que él mismo ha gestionado. La sociedad se constituye con un capital de 20 millones de reales, divididos en 10.000 acciones, la mitad de las cuales han sido repartidas entre los accionistas ingleses que Roca ha conseguido. La Junta está integrada por siete miembros españoles y cuatro de ingleses. Y Josep M. Roca, director, comisionista y concesionario del proyecto, es también el encargado de la contratación en París del ingeniero Joseph Locke y de la adquisición en Inglaterra de todo el equipo y otros objetos.
La firma de banca Vidal Quadras Hermanos presenta en protesto por falta de pago una letra de cambio hecha por la firma Daniel Forwell en Manchester, el 30 de diciembre de 1859, por un importe de 112 libras esterlinas. La letra, redactada en francés, debía de ser pagada por Pere Llauradó, de Barcelona, quince días después de haberle sido presentada a la vista. El 13 de enero ya había sido protestada por falta de aceptación y ahora se vuelve a protestar por impago. La letra fue de Manchester a Londres, luego a Zaragoza y, finalmente, llegó a Barcelona con cuatro endosos sucesivos. En la fecha de pago, y ante el notario, Pere Llauradó afirmó que no la pagaba porque no había recibido las mercancías por las que había sido creada la letra.
Los hermanos Eduard y Marià Flaquer Dotres, residentes en Barcelona, constituyen procurador general y especial a Cesar Dumont, residente en París. Le conceden, en su nombre, pleno poder para vender, ceder, endosar y transferir dos inscripciones de 60 francos cada una -con una renta del 4’5%-, que poseen sobre la deuda pública francesa, así como firmar los registros de transferencia, recibir el dinero y hacer todo lo que corresponda para la ejecución de esta delegación.
Vittorio Emanuele II, el primer rey de la Italia unificada, a propuesta de su ministro del Interior, decreta que la Administración del Hospital de la ciudad de Bene Vagienna, situada en la provincia de Cuneo, en el Piamonte, queda autorizada a aceptar la cuarta parte de la herencia hecha a este establecimiento piadoso por Andrea Ansaldi, en su testamento otorgado el 3 de agosto de 1855. Este decreto real se inserta dentro del documento de cesión de los bienes, en el que actúa como procurador de la Administración de dicho Hospital de pobres enfermos el abogado de Turín Leopoldo Soldati Tholozan.
Plano que acompaña la escritura de división y adjudicación de la finca “Común de Lagartera”, de 2.981 hectáreas de extensión, en el municipio homónimo de la provincia de Toledo, firmada entre Rafael Vallet Piquer, de Sant Vicenç de Sarrià, y Josep M. de Domènech i de Batlle, del mismo lugar. La mitad indivisa de esta finca había sido vendida en mayo anterior por Rafael Vallet a Josep M. de Domènech por 14.000 duros. En ese momento, se estableció que un maestro agrimensor tenía que levantar un plano detallado del conjunto de la finca, y que ésta se tenía que dividir en dos partes equitativas. El plano, firmado por el maestro Pedro Nolasco López, tiene una tamaño más que notable (90 x 50 cm). Y destaca por su vistosidad, por los colores de representación, por la variedad de los accidentes geográficos que recoge y, sobre todo, por una evidente obsesión por el detalle, que hace que encontremos dibujados cientos de pequeños árboles, así como casas y núcleos de población, con una leyenda de más de cincuenta referencias.
Tres planos que acompañan la escritura de contrata del tren de limpieza del Puerto de Barcelona, firmada por el presidente y el secretario de su Junta, por un lado, y Óscar Grenier Bredart, ingeniero constructor y representante de la casa Satre et Averly de Lyon, de la otra. El documento incluye las bases previas del concurso público de adquisición del tren de limpieza, al que se habían presentado cinco propuestas -una inglesa, otra alemana, una tercera belga y dos francesas-, así como, en especial, las condiciones técnicas de ejecución. El tren de limpieza, este ya de vapor y destinado a mantener o ampliar el calado del puerto, se componía de tres elementos básicos, que son precisamente los representados en los tres planos: la draga, que removía la tierra del fondo del mar; los gánguiles, que recogían el material extraído, y un remolcador, que llevaba los gánguiles a mar abierto, donde se depositaban los sedimentos. El plazo de entrega de estas embarcaciones se fijaba en un año y medio y el precio a pagar para su construcción era de 500.000 francos.