Pere Miquel Carbonell, notario público de Barcelona y archivero real, anota a continuación de la intitulación del año 1516 de su protocolo que el rey Fernando II ha muerto el miércoles 23 de enero, sin hijos varones, en el lugar o villa de Madrigalejo (Cáceres), de ochenta fuegos, distante ocho leguas del monasterio de Santa María de Guadalupe, de la orden de San Jerónimo, situado en el reino de Castilla. El testamento había sido otorgado el día 22 de enero y actualmente se conserva en el Archivo de la Fundación Casa de Alba.
El Dr. Pau Claris (1586-1641), presbítero y canónigo de la Seu d’Urgell, otorga su testamento un año antes de ser elegido presidente de la Diputación del General (trienio de 1638-1641). Después de nombrar albaceas, elige sepultura en la capilla de Cristo de la iglesia de San Juan de Barcelona, hace numerosos legados de tipo piadoso, entre los cuales destacan las mil cuatrocientas cuarenta libras destinadas a la fundación de una misa baja perpetua en la iglesia de la Seu d’Urgell, e instituye herederos universales a su madre Peronella Claris i Casademunt y a su hermano Francesc, también doctor en ambos derechos. Sigue la nota de publicación del testamento, a fecha de 5 de marzo de 1641, leído por el notario Antoni Joan Fita en la casa de Francesc Claris, situada en la calle del Forn de la Palma (actual calle de la Palma de Sant Just).
Josep Moragues i Mas (1669-1715), residente en Sant Hilari Sacalm, otorga testamento. Nombra albaceas a su esposa Magdalena de Giralt, a Josep Balmes, presbítero beneficiado de la parroquia de Sant Hilari Sacalm, Isidre Verneda, campesino, de dicha parroquia, y a su “tíos valencianos” (tíos segundos). Deja la elección de su sepultura a voluntad de su esposa y ordena que sean celebradas doscientas misas por su alma, cien en la iglesia del Bon Succés de Barcelona y cien en el convento de San Agustín de la Seu d’Urgell. Instituye heredera universal a su esposa, a condición que disponga todos sus bienes a favor de sus hijos y que designe heredero al mayor de sus hijos varones, y escoge como sus tutores a Jacint y Aleix de Giralt, cuñados del testador. A continuación, enumera todas las deudas que tiene pendiente de cobrar, en especial una de quinientas doblas sobre la cual otorga albarán, para evitar que vayan a parar a la Hacienda real, ya que José Patiño, intendente general del Principado, tiene confiscada toda su documentación. Sigue la nota de publicación del testamento, con fecha de 9 de marzo de 1725, por el notario Francesc Rossell a petición de Joan Valls, presbítero beneficiado de Santa Maria del Pi, como procurador de Magdalena de Moragues i de Giralt, viuda del testador.
Ildefons Cerdà i Sunyer (1815-1876), natural de Centelles, vecino de Barcelona, entrega testamento cerrado al notario Ferran Moragas i Ubac. Nombra albaceas a su hermano Miquel Cerdà y a su primo Antoni Fàbregues, quienes decidirán sobre su sepultura. A continuación, nombra como curadores de sus hijas Josefa, Rosa y Sol a su hermano Miquel, a Ciril Franquet, a Josep Vidal, a Víctor Martí y a Laureà Figuerola. Deja diez mil reales a cada una de sus dos ahijadas, Clotilde Vilaprat i Cerdà y Petra Bosch i Carbonell, así como a la viuda del albañil de Barcelona que, bajo criterio de la Sociedad Económica de Amigos del País, haya acreditado mayor pobreza, virtudes conyugales y abnegación hacia los hijos de su marido. Instituye como herederas universales a partes iguales a las tres hijas mencionadas, junto con su hermano Miquel, con la intención que cuando muera se haga de sus bienes un “acervo común” destinado, principalmente, a la educación y formación de las menores. Como última disposición, expresa la voluntad que las hijas conmemoren su recuerdo en cada aniversario de su muerte mediante la lectura del testamento, para que mediten sobre su contenido y las causas que impulsaron a su redacción.
Jacint Verdaguer i Santaló (1845-1902), presbítero, vecino de Folgueroles, pero residente con frecuencia en Barcelona, otorga testamento. Nombra albaceas al canónigo penitenciario de Vic que haya en el momento de su muerte, a Jaume Collell, canónigo de Vic, a Josep Alabern, presbítero, de Barcelona, y a su primo Narcís Verdaguer i Callís, a quienes encomienda las formalidades de su sepultura. Deja quinientas pesetas a cada uno de los sobrinos que tenga al morir, las cuales recibirán, los chicos, cuando sean mayores de edad o si son llamados a filas, y las chicas, también cuando alcancen la mayoría de edad o si se casan antes. Finalmente, instituye herederos de confianza a los albaceas.
Santiago Salvador i Franch (1864-1894), natural de Castellserás (Teruel), vecino de Sant Martí de Provençals, otorga testamento. Prelega a su esposa Antonia Colón y a su única hija Maria un retrato del testador en fotografía, que tenía en depósito el gobernador civil de Barcelona. Instituye en herederas universales por partes iguales a les dichas esposa e hija.
Joan Maragall i Gorina (1860-1911), abogado, natural y vecino de Barcelona, otorga testamento y nombra albacea a su esposa Clara Noble Malvido, a quien encarga la elección de su sepultura. Deja a cada uno de SUS hijos veinticinco mil pesetas en concepto de legítima. Instituye heredera universal a su esposa y, en caso que muriese, pasarían a serlo sus hijos y nietos. Si ambos cónyuges muriesen antes que sus hijos sean mayores de edad, nombra tutor a Antoni de Roura i Marquès, registrador de la propiedad de Vilafranca del Penedès, protector a su concuñado Andreu Ripoll i Marrugat y vocales del Consejo de familia a su tío Rossend Maragall i Granollers, a su sobrino Josep Lleonart i Maragall y a su cuñado Ubaldo Noble Malvido.
Jacint Verdaguer i Santaló (1845-1902), presbítero, natural de Folgueroles, vecino de Barcelona, otorga testamento. Nombra albaceas a Josep Franquesa i Gomis, Francesc Mateu i Fornells, Ramon Miralles i Vilalta, Alfons Bonay i Carbó, Lluís Carles Viada i Lluch, Antoni Busquets i Punset i Manuel Farguell i de Magarola, a quienes encomienda las formalidades de su sepultura. Deja su biblioteca al Seminario Conciliar de Barcelona, a condición que pueda ser consultada públicamente y que no se venda ningún ejemplar, constituyendo una sección particular de la biblioteca general del Seminario. Instituye como herederos de confianza a los albaceas, quienes deberán seguir las instrucciones que les deja firmadas en relación a la gestión e inversión de sus bienes.
Jacint Verdaguer i Santaló (1845-1902), presbítero, natural de Folgueroles, vecino de Barcelona, otorga testamento. Nombra albaceas a Josep Costa, beneficiado de la parroquia de Santa Anna, Ramon Turró, doctor, Joan Moles i Ormella, abogado, y a Rafael Baster, del comercio, a quienes encarga las formalidades de su sepultura, aunque especifica que quiere ser enterrado en la ciudad de Barcelona. Deja al Seminario Conciliar de Vic el volumen Summa Aurea Beatae Mariae Virginis y un ejemplar de cada una de sus obras. También recibirá un ejemplar de cada una de ellas la Biblioteca de Vic. A Amadeu Guri le lega su librería completa, que deberá transmitir a sus hijos varones. Si muriera el legatario sin hijos o muerto el último de estos, la librería pasará al Seminario Conciliar de Barcelona. Instituye herederos universales a las hermanas Empar y Mercè Duran Martínez, y al esposo de la primera, Amadeu Guri, por partes iguales, con la obligación de ceder a la hermana del testador, Francesca, y a su hermano político, Pau Roca, la cuarta parte de la propiedad de sus obras literarias.
Enric Prat de la Riba i Sarrà (1870-1917), abogado, natural de Castellterçol (Moianès), vecino de Sarrià y domiciliado en Barcelona, otorga testamento. Nombra albaceas a su esposa Josepa Dachs i Carné i a Josep Carné i Cassart, a quienes encarga que escojan su sepultura. Tal como establecen los capítulos matrimoniales, firmados el 29 de abril anterior, su esposa tendrá en usufructo los bienes del testador a partir de su muerte. Deja a los hijos que tenga en el momento de fallecer la legítima paterna. En caso que no tenga hijos, el matrimonio formado por Josep Carné y por Teresa Brunet recibirá los derechos que tiene el testador sobre la herencia de su padre, Esteve Prat de la Riba. Respecto a la institución de heredero universal, concede a su esposa el derecho de escoger heredero o herederos entre sus hijos. En caso de no tenerlos, la instituye como heredera universal, incluyendo los derechos que el otorgante tiene como director que fue de La Veu de Catalunya.
Francesc Ferrer i Guàrdia (1854-1909), natural de Alella, residente en Barcelona, otorga testamento en la capilla de la prisión del castillo de Montjuïc, horas antes de ser fusilado, tras ser condenado como principal inductor de la Semana Trágica. En el preámbulo, tota una declaración de principios (inocencia, laicidad, racionalismo...), deja patente la voluntad de evitar homenajes a su figura en el futuro y pide que sólo los hechos sean objeto de consideración crítica. En relación a su sepultura, lamenta que no exista un horno crematorio en la ciudad. Nombra albaceas a William Heaford y a Cristóbal Litrán. A sus tres hijas, Trinidad, Paz y Sol, les deja seis mil pesetas en concepto de legítima, aunque les pide que no las acepten. A Soledad Villafranca, desterrada en Teruel, le deja una suma de acciones de Fomento de Obras y Construcciones (actual Fomento de Construcciones y Contratas), así como el derecho de estancia en el Mas Germinal y el mobiliario. Lorenzo Portet recibe la editorial Escuela Moderna y su patrimonio. Finalmente, instituye heredero universal a su hermano Josep Ferrer.
Joaquín Torres-García (1874-1949), natural de Montevideo (Uruguay), vecino de Sant Vicenç de Sarrià, pintor, otorga testamento. Deja a la voluntad de su esposa, Manuela Piña de Rubíes, el encargo de decidir sobre su entierro. Declara que tiene dos hijos impúberes, Olimpia y Augusto, nacidos de su único matrimonio. Deja todos sus bienes en usufructo a su esposa, mientras no vuelva a casarse. Finalmente, instituye herederos universales, por partes iguales, a sus dos hijos actuales y a aquellos que pueda tener en el futuro.